Resumen del Artículo Disposición adicional segunda

Artículo Disposición adicional segunda del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — Disposición adicional segunda Uno. El Tribunal elaborará su presupuesto, que figurará como una sección dentro de los Presupuestos Generales del Estado. Dos. El Secretario general, asistido de personal técnico, asumirá la preparación, ejecución y liquidación de presupuesto.

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional segundaDisposición adicional segunda

Disposición adicional segunda

Uno. El Tribunal elaborará su presupuesto, que figurará como una sección dentro de los Presupuestos Generales del Estado.

Dos. El Secretario general, asistido de personal técnico, asumirá la preparación, ejecución y liquidación de presupuesto.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional segunda del LOTC?

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¿El Artículo Disposición adicional segunda del LOTC está vigente?

El artículo Disposición adicional segunda del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional segunda dentro del LOTC?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional segunda?

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